El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. No entrará en vigor hasta el próximo 20 de enero, aunque las ayudas podrán reconocerse con carácter retroactivo al 1 de enero.
En lo que respecta al bono joven de alquiler, se establece una ayuda de 250 euros mensuales durante el plazo de 2 años a aquellos jóvenes entre 18 y 35 años que vivan en régimen de alquiler, siempre y cuando cumplan con unos determinados requisitos:
- Hasta 35 años, incluidos, en el momento de solicitar la ayuda.
- Tener una fuente regular de ingresos que reporte unas rentas anuales inferiores a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), es decir, 24.328 euros brutos.
- La vivienda alquilada deberá ser la residencia habitual y permanente de la persona solicitante del bono joven, lo cual se acreditará mediante el certificado o volante de empadronamiento.
- La cuantía máxima del alquiler se fija en 600 euros al mes, sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas puedan ampliarlo hasta los 900 euros mensuales.
- En los casos de alquileres de habitación, el límite se fija en 300 euros por habitación, ampliable hasta 450 euros si así lo establece la comisión de seguimiento.
El decreto no aclara qué ocurre en los pisos compartidos, dejando en manos de las Comunidades Autónomas regular este tipo de situaciones y fijar el límite económico de la renta arrendaticia definitivo.
El bono joven deberá destinarse única y exclusivamente al pago de la renta de alquiler y no se podrá compatibilizar con otras ayudas dedicadas al mismo fin por parte de comunidades autónomas, entidades locales y otras administraciones públicas.
Sin embargo, esta incompatibilidad no se aplicará a personas en situación de vulnerabilidad, que sí podrán complementar con otras prestaciones, como por ejemplo, el Ingreso Mínimo Vital.
Aún deberemos esperar algunos meses para poder solicitar este tipo de ayuda, ya que cada comunidad autónoma deberá firmar un convenio bilateral con el Estado para acordar las condiciones de gestión y concesión del bono y especificar las bases de subvención en cada territorio.