RECORDATORIO REGISTRO RETRIBUTIVO Y PLAN DE IGUALDAD

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REGISTRO RETRIBUTIVO Y PLAN DE IGUALDAD

 

Madrid, 12 de abril de 2021

Por medio del presente boletín, recordamos que conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, el próximo día 14 de abril de 2021 todas las empresas están obligadas a tener un registro retributivo que comprenda a la totalidad de su plantilla.

A su vez, aquellas empresas que estén obligadas a implantar un Plan de Igualdad deberán incluir en el mismo una auditoría retributiva.

Por otra parte, recordamos también las fechas de implantación efectiva del Plan de Igualdad en las empresas que tengan 50 o más trabajadores (ver cuadro más abajo). Las empresas que tengan más de 100 trabajadores han de contar ya con dicho Plan aprobado e implantado, estando aún en período transitorio de aprobación aquellas que tengan entre 50 y 100 trabajadores.

Las sanciones por no cumplir las medidas establecidas en materia de igualdad oscilan entre 626 euros y 6.250 euros en caso de considerarse graves, y entre 6.251 euros a 187.515 euros en caso de considerarse muy graves.

Dado que la aprobación e implantación del Plan de Igualdad es una tarea muy laboriosa y que conlleva el trascurso de bastante tiempo entre el inicio y la finalización del mismo, recomendamos que se inicie el proceso cuanto antes.

Aprovechamos para referir el enlace al Boletín Informativo que nuestro despacho elaboró con este motivo cuando se aprobó esta normativa (https://aledia.es/essential_grid/planes-de-igualdad-e-igualdad-retributiva/) , al cual puedes acceder también a través de nuestra página web www.aledia.es.

 

FIN DEL DOCUMENTO

El presente boletín divulgativo contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoramiento jurídico, y se emite bajo la condición de mejor criterio o parecer fundado en Derecho.